Derechos de los pasajeros

Los derechos de los pasajeros que viajan por mar se recogen en El reglamento (UE) nº 1177/2010 sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables, que se aplicó el 18 de diciembre de 2012.

Este Reglamento establece unos derechos mínimos para los pasajeros de la Unión Europea que viajan por vía marítima. Los derechos que establece son los siguientes:

  • Derecho a la información
  • Derecho a condiciones contractuales no discriminatorias
  • Derecho a asistencia
  • Derecho a transporte alternativo y reembolso en caso de cancelación o retraso de salidas
  • Derecho a solicitar una indemnización parcial por el precio del billete en caso de retraso en la llegada al destino final
  • Derechos de las personas con discapacidad o las personas con movilidad reducida
    • Derecho al acceso al transporte de las personas con discapacidad o las personas con movilidad reducida, sin discriminaciones
    • Derecho a una asistencia especial
    • Derecho a una indemnización por el extravío o los daños sufridos por el equipo de movilidad
  • Derecho a presentar reclamaciones a los transportistas y a los organismos nacionales de ejecución
  • Aplicación de los derechos de los pasajeros por parte de los organismos nacionales de ejecución y mecanismos comparables